• 25 de abril de 2024

Corte de Apelaciones acoge recurso de amparo económico a favor de contribuyente natalino y este puede seguir funcionando con su restobar y terraza

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Conozca algunos detalles del caso:  A Miguel Abarca Abarca, bajo ningún precepto se le debió haber otorgado la patente de alcoholes, por cuanto, es funcionario fiscal y vinculado laboralmente al Ejército de Chile.

Algo más que extrañeza causó entre los vecinos que viven en el sector del local Pampa Restobar, que la Corte de Apelaciones de Punta Arenas haya acogido el recurso de amparo económico en favor de Miguel Abarca, representante legal de Inversiones Pampa Spa.

En concreto, este recurso judicial permite que el mencionado local siga operando como lo venía realizando desde el año 2021 y lo que va de este año hasta el mes de julio, período en el cual caducó su patente. Sin embargo, cuando se revisan los antecedentes allegados por el municipio de Natales en su presentación, en los cuales sustentan su decisión de no renovar la patente de alcoholes a la mencionada  Inversiones Pampa Spa, representada por Miguel  Abarca, por lo menos es indesmentible que se produce una gran perplejidad al comprobar cómo la citada empresa llegó a obtener la mencionada autorización de patente de alcoholes. En los puntos 2,3,4 y 5 de la Imagen de más abajo, se visualiza una parte de los pasos seguidos por Abarca para lograr tal objetivo, el cual se ve concretado el 08/03/2021 con la firma del decreto alcaldicio N⁰0365 que autoriza la transferencia de la patente de alcoholes de Comercial Pampa Ltda. a Inversiones Pampa Spa.

Cabe precisar, que se trata de gestiones que realizó Abarca durante la administración del ex alcalde Paredes y que a estas alturas resulta casi imposible siquiera dudar que en esa alcaldía no conocieran la particular condición y circunstancia que rodeaba al solicitante de aquella patente municipal. Imposible no conocer que aquel solicitante era funcionario del Ejército y que ocupaba una vivienda fiscal. Abarca, más adelante, señalaría que,  efectivamente, tenía un vínculo laboral con el Ejército, pero que había solicitado su baja el año 2018, esperando todos estos años transcurridos a que se pudiera hacer efectiva. Para efectos  de la obtención de una patente de alcoholes, la Ley 19.925 en el artículo 4º es taxativa cuando prohíbe que funcionarios fiscales o municipales puedan ser autorizados para tener una patente de venta de  bebidas alcohólicas.   (De acuerdo a dictámenes de Controlaría  esta norma rige tanto para personas naturales como para representantes legales de personas jurídicas que las soliciten) Ver Imagen

¿Por qué Abarca presenta la declaración jurada donde señala NO ESTAR AFECTO A LAS PROHIBICIONES DEL ARTICULO 4º de la Ley 19.925? ¿Por qué Abarca en el proceso de renovación de patente para el segundo semestre 2022 vuelve a realizar la presentación de la mencionada declaración jurada?... Porque a Abarca sólo le interesaba  acceder y conservar la patente de alcoholes, no importándole  que le estuviera expresamente prohibido de acuerdo al artículo 4º, ya citado con anterioridad. Pero como queda en evidencia, esta trama tiene como punto inicial el 24 de diciembre del año 2020, o sea, alcaldía de Fernando Paredes.

Por ello, no se entiende que con todos estos argumentos de peso, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas  haya concedido el recurso de amparo económico en favor de Abarca, dejando en una incómoda, dividida e inquietante  posición al Concejo Municipal de Natales, quienes deberán decidir en base a todos estos antecedentes públicos, si le renuevan o no la mencionada patente municipal al contribuyente Abarca.

Además, se debe considerar que la ley vigente faculta al municipio a no renovar una patente de alcoholes que se encuentre impaga y estas se van renovando con anticipación y de forma semestral. Por otra parte, en el caso en cuestión, obra como antecedente que el municipio de Natales, recibe la información que concierne al contribuyente Abarca y su condición de funcionario público en el mes de junio, aún así, a este se le permitió continuar funcionando para no ocasionarle un daño económico, considerando, además, que su patente caducaba naturalmente en la fecha del 31 de julio del año en curso.

En otra materia, añadir que a nadie dejó indiferente en la sesión pasada  los votos de Marcelo Contreras, el cual fue presidente de la Junta  Vecinal de su sector poblacional por varios períodos (quién más que él conoce las necesidades y reclamos de los vecinos), de modo que no se entiende que en su voto de aprobación de dos patentes, no haya pesado un informe negativo de la Junta Vecinal del sector centro de Natales, quienes exponían los problemas que enfrentaban a diario los vecinos con el funcionamiento de estos locales (riñas y escándalos, ruidos molestos, calles usadas como baños, etc.) En el caso de los votos de aprobación de patentes de alcoholes de la concejala Verónica Pérez, resulta más contradictorio aún, que quien ha propendido hacia una Vida Sana y Hábitos Saludables como deportista por largos años, termine avalando dos locales que contradicen los fines de semana -y porfíadamente- todos los valores promovidos por ella. Sin lugar a dudas, queda en evidencia una votación contraria a la alcaldesa Antonieta Oyarzo, solo con el ánimo de inferirle una derrota a la Alcaldía Ciudadana "rayándole la pintura" en términos políticos y, así, quedar mejor posicionados de acuerdo a sus cálculos, para enfrentar alguna probable candidatura futura al sillón alcaldicio de calle Bories.

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