• 23 de abril de 2024

Corte de Apelaciones de Punta Arenas mantiene prisión preventiva de ex alcalde de Puerto Natales, Fernando Paredes Mansilla

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Nota del editor El Tirapiedras: Ayer martes, la hija del ex alcalde, Belén Paredes, había realizado una extensa agenda mediática ante las principales radios y diarios regionales. En Puerto Natales, se contactó con varios medios locales, en un arremetida no vista con anterioridad. Sin embargo,  a la luz  de la medida  adoptada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas,  su embestida mediática resulto estéril y, hasta cierto punto, contraproducente.

 

Esta tarde de miércoles 01 de febrero, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas decidió mantener prisión preventiva del ex alcalde UDI de Puerto Natales Fernando Paredes, según informó el Fiscal Sebastián González. La defensa del imputado, argumentó la completa inocencia de su representado, en cuanto al delito de cohecho, lo que no se condice con la evidencia puesta a disposición por la Fiscalía ante el tribunal, pero se van a realizar las diligencias solicitadas por el Ministerio Público y los querellantes, a fin de poder esclarecer objetivamente la participación que le cabe al ex Alcalde Paredes en los hechos.

En su resolución sobre la libertad de los imputados, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, establece que: »respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del artículo antes citado, respecto a los imputados José Fernando Paredes Mansilla y Andrés Alexis Matulich Silva, teniendo en consideración los delitos por los cuales fueron formalizados en la presente investigación, la naturaleza de ellos, forma de comisión y el estado procesal de la causa, resulta que efectivamente su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga, que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta respecto de cada uno.»

La Fiscalía, expresó, que es una decisión que le satisface y espera realizar las diligencias que están pendientes en esta investigación y ojalá dentro de los 120 días señaladas por el tribunal.

  FUENTE: OVEJERO NOTICIAS  

LEA AQUÍ TEXTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS:

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