• 19 de marzo de 2024

Declaración pública de la Sociedad de Ecología de Chile (SOCECOL)

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El Servicio Nacional de Biodiversidad y Área Protegidas (SBAP) de Chile, es la piedra final para completar una institucionalidad ambiental que proteja adecuadamente a la biodiversidad y los servicios ecosistémicos de nuestro país. Aun en formato de proyecto de ley, el SBAP lleva más de una década en el congreso nacional, y se espera que su aprobación ayude a unificar todas las competencias estatales en conservación de la biodiversidad que se encuentran desagregadas en ministerios y servicios distintos.

Como Sociedad de Ecología de Chile (SOCECOL), nos preocupa que algunos sectores productivos del país tergiversen la información acerca del impacto de la aprobación de esta ley sobre el empleo y la economía. En específico nos referimos a la campaña de desinformación, en la que algunas empresas salmonicultoras y parlamentarios llamaron a una protesta argumentando que con la aprobación de la ley SBAP, cerrarían las concesiones actuales.

Lo anterior es una campaña infundada, ya que ha quedado establecido y ha sido reiterado, que las 426 concesiones que actualmente están otorgadas para el cultivo de salmones pueden seguir operando, por lo tanto, no es una amenaza contra el empleo actual. La propuesta de ley intenta equilibrar los puestos de trabajo actuales y las condiciones ambientales de futuro, promoviendo formas más sustentables de producción.

Otro punto de gran preocupación es la ridiculización y tergiversación de la información liderada por el Senador PS, Fidel Espinoza, al insinuar que la acuicultura en Chile se reduce a la producción de salmónidos, sugiriendo sarcásticamente la posibilidad de producir "merluza o congrio", desconociendo que después del salmón, Chile es el primer exportador mundial de mitílidos (mejillones y sus derivados), con 99.000 toneladas anuales en 2021.

A eso se debe agregar la producción de algas, ostras, mejillones y ostiones, los que surten el mercado nacional e internacional. Los servidores públicos tienen el deber de estar informados y la responsabilidad de no engañar a la población con enunciados que desconocen la realidad.

La acuicultura en Chile es una industria que no se restringe a la producción de salmones, y la aprobación de esta ley promoverá que el desarrollo económico tenga mejores condiciones ambientales donde operar, resguardando el mantenimiento de recursos para generaciones futuras y condiciones para su adaptación al cambio climático.

El lunes 29 de mayo se votará el artículo 158 y un transitorio que se refieren a las concesiones de salmonicultura y al cultivo de otras especies exóticas dentro de las áreas protegidas que pretende conservar SBAP.

El artículo en sí dice: "Art. 158. Las zonas lacustres, fluviales y marítimas que formen parte de reservas de región virgen, parques nacionales y monumentos naturales quedarán excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura..." Además, el artículo transitorio contempla que dicho artículo "...no afectará a aquellas concesiones de acuicultura otorgadas con anterioridad a la publicación en el Diario Oficial de la presente ley, manteniendo éstas su vigencia conforme las normas sectoriales." Esto último indica que las 426 concesiones que ya están dentro de áreas protegidas del estado no se verán afectadas.

El pasado viernes, ad portas de la votación en comisión mixta del congreso, la empresa salmonicultora Nova Austral registró un nuevo evento de derrame de Petróleo en el Parque Nacional Alberto d'Agostini, lo que demuestra que la regulación de las actividades productivas es pertinente y completamente necesaria. Dado lo explícito tanto del artículo 158 y como de su transitorio, desde SOCECOL creemos que las empresas salmoneras debieran concentrarse en apoyar el SBAP, hacer una autocrítica a su propia gestión y no crear un conflicto artificial, el cual no posee sustento jurídico y daña la economía del país.

Como sociedad científica, avalamos la aprobación del art. 158 y su transitorio por parte de la comisión mixta del congreso, y rechazamos la diseminación de información que no se sustenta en evidencia en contra de la aprobación de SBAP.

 

Directiva de SOCECOL

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