Declaración Pública: Perdonazo del Tribunal Ambiental a Nova Austral atenta contra la institucionalidad ambiental
Entre 2015 y 2017, la empresa noruega Nova Austral incurrió en la sobreproducción de salmones en tres centros de cultivo al interior del Parque Nacional Alberto De Agostini en la región de Magallanes. Producto de ello, en junio de 2022, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió sancionarla con la revocación de las tres Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
Recientemente, el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la reclamación de la empresa contra la decisión de la SMA en uno de los tres centros, Cockburn 14, anulando su revocación, bajo el argumento de que la sanción resultaría desproporcionada, pese a que produjo 1.199.717 kg. por sobre lo autorizado en una zona de alto valor ecológico, cuyos efectos, como es la falta de oxígeno del fondo marino, se mantuvo hasta por tres años después de ocurrido el hecho.
Esta decisión resulta incomprensible toda vez que el propio Tribunal asume que se produjo un daño significativo en el área protegida y que no hay certeza de que este haya sido reparado. La sentencia es un perdonazo a una empresa que registra un extenso prontuario de infracciones ambientales, que también mantiene otros procedimientos sancionatorios en curso por el mismo cargo de sobreproducción, además de otros 24 eventos que no fueron detectados por las autoridades, y que demuestran una política sistemática de esta empresa de infringir la normativa ambiental.
De esta forma, el Tribunal se inmiscuye en el ámbito de discrecionalidad del órgano fiscalizador, como es la SMA, dejándole sin autoridad, optando por darle una nueva oportunidad a Nova Austral, lo cual reviste una gran preocupación para la comunidad kawésqar que habita la zona, organizaciones ambientales y comunidad científica, ya que implica una potente señal en favor de aquellos que reiteradamente rompen las reglas de nuestra institucionalidad ambiental.
En su decisión, los ministros consideraron que se debía rebajar la infracción para tener una sanción que cumpla un rol disuasivo y que contemple “la reparación del medio ambiente”, palabras que resultan a lo menos ingenuas considerando que actualmente la empresa mantiene en esa misma sede judicial otras 4 causas abiertas por daño ambiental.
Como organizaciones que trabajamos por la restauración y protección de los ecosistemas marinos de Chile, confiamos en que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) hará valer su potestad y obligación de proteger el medio ambiente impugnando esta sentencia y defendiendo la sanción aplicada en todas las instancias que nuestro sistema jurídico contempla, para lo cual nuestras organizaciones se mantendrán vigilantes. Firman: