Conozca el sumario que realizaron a directora de obras de la municipalidad por construcción del Gimnasio del Club Natales- Primera Parte
Mediante el decreto alcaldicio nº 916 del 23.06.2020, se elevó lo que en un principio era una investigación sumaria a sumario administrativo, esto por las eventuales irregularidades en la licitación pública “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, proyecto que desde hacía un buen tiempo venía haciendo ruido público por la disconformidad de los destinatarios del Gimnasio y Club Natales quienes, finalmente, a fines de mayo del año 2020, determinaron no recepcionar las mencionadas obras.
En relación al sumario administrativo como tal se nombró como fiscal instructor del mismo a José Luis Vargas Andrade, quien determinó 32 cargos en contra de la directora de obras de la Municipalidad de Puerto Natales, arquitecta Ana Stumpfoll, además ITO de la obra en cuestión.
Primer cargo: haber autorizado en su calidad de Inspector Técnico de Obra cambios en la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, sin haber solicitado y obtenido autorización del Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena para efectuar las modificaciones en la materialidad de las siguientes partidas (se describen y detallan 52 partidas).
Segundo cargo: no haber exigido en su calidad de ITO de la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, la ejecución de determinadas partidas y haber autorizado el pago de las mismas conforme al siguiente detalle (se describen y detallan 42 partidas). Tercer cargo: haber autorizado la ejecución de la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnacio Natales” el pago en exceso de las siguientes partidas (se describen y detallan 32 partidas). Cuarto cargo: no haber exigido al contratista en el inicio, desarrollo de la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, el cumplimiento de su oferta en lo relativo a la presencia de profesionales ofertados, esto es, residente de obras Don Pablo Casas Casas, encargado control de calidad Don Felipe Osorio, arquitecto Don Juan Carlos Fauré; prevencionista de riesgo Loreto Alfaro Sánchez, ingeniero civil eléctrico Pascual Contreras Cárdenas, lo anterior demuestra un incumplimiento por parte de la funcionaria doña Ana Stumpfoll en su calidad de Inspección Técnica de la Obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales” objeto del presente sumario, de sus obligaciones de efectuar la supervisión técnica del desarrollo de la obra dispuesto en el artículo 3 letra h de las Bases Administrativas Generales que rigen el contrato, asimismo, la mencionada conducta vulnera los principios de control, eficiencia y eficacia, establecido en el artículo 3 de la Ley nro 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado en relación a lo dispuesto en los artículos 58 letra c de la Ley nro 18.883 Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales, al no orientar realizar sus labores con esmero, dedicación y eficiencia, a fin de contribuir a materializar los objetivos de la municipalidad, en atención a haber autorizado el pago de obras no ejecutadas como el artículo 5º de la Ley Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado que prescribe el deber de las autoridades y funcionarios de velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos.
Quinto cargo: no haber exigido al contratista en el desarrollo de la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, la ejecución de la partida 4.8.1., Baranda y pasamanos, conforme a lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas que regularon la obra, sin fundamento para su omisión.
Sexto cargo: no haber exigido en su calidad de ITO de la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, un plan de trabajo de cada etapa de construcción, el cumplimiento de pruebas y ensayos de materiales, la certificación de elementos estructurales, la presentación de planos as built de instalaciones, la toma de muestras in situ de hormigones, la existencia de ensayo de adherencia, de espesor de pintura, ensayo de soldadura, existencia de control de presiones y fugas establecidas en el punto 0.1 “Inspección Técnica de Obras Controles y Pruebas” de las especificaciones técnicas de la obra. Lo anterior demuestra un incumplimiento por parte de la funcionaria doña Ana Stumpfoll, en su calidad de Inspección Técnica de la Obra “Ampliación y Mejoramiento de Gimnasio Natales”, objeto del presente sumario, de sus obligaciones de efectuar la supervisión técnica del desarrollo la obra, dispuesto en el artículo 3 letra h, de las Bases Administrativas Generales que rigen el contrato.
Séptimo cargo: no haber exigido en su calidad de ITO de la obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, documentos que den cuenta del control de productos y materiales, catálogos técnicos, ensayos y certificados de calidad, garantías para cada producto, servicio técnico de post venta, manual de procedimiento mantenimiento, catálogos técnicos instructivos, folletos, reconocimiento de equivalencia técnicas exigidos en el punto 0.1. de las Especificaciones Técnicas “Inspección Técnica de Obras Controles y Pruebas”
Octavo cargo: no haber exigido al contratista en su calidad de Inspector Técnico de Obras del proyecto “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales” una relación de subcontratos y relación de maquinaria usada, exigido en el punto 0.7 “Trabajos Subcontratos y Herramientas de Construcción” de las Especificaciones Técnicas de la Obra, lo anterior demuestra un incumplimiento por parte de la funcionaria en su calidad de Inspección Técnica de la Obra “Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Natales”, objetos del presente sumario, la supervisión técnica del desarrollo de la obra dispuesto en el artículo 3 letra h de las Bases Administrativas Generales que rigen el contrato.