• 29 de marzo de 2024

LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO DIO UNA MALA INTERPRETACIÓN AL RETIRO DE RENTAS VITALICIAS VULNERANDO EL SENTIDO DE LA LEY

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El promotor del retiro de rentas vitalicias apuntó al Senado quien enredó la norma, pero calificó de vergonzoso el instructivo que emitió la CMF luego de la reunión con las aseguradoras

El diputado Bianchi calificó como una burla lo que está haciendo la CMF (Comisión para el Mercado Financiero) con los pensionados de rentas vitalicias sin que que el gobierno detenga esta gran estafa que a juicio del parlamentario se pretende realizar

El independiente, que fue el promotor de esto, lamentó que el Senado enredara tanto el articulado ingresando conceptos como el de reserva técnica a diferencia de su indicación que apuntaba al monto inicial aportado dividido en la expectativa de vida que fija la aseguradora, pero calificó como un error grosero lo que está haciendo la CMF torciendo absolutamente el espíritu de la ley.

El parlamentario señaló en sus redes sociales que la Comisión para el Mercado Financiero, no puede permitir que a los afiliados se les descuente para TODA su vida el porcentaje que pidió retirar. Es una interpretación errónea de la ley. El descuento a su pensión debe tener un límite, y ese límite se produce al momento de haber devuelto el monto retirado a la aseguradora. Luego de haber devuelto la cantidad del adelanto se debe volver a la pensión originalmente pactada.

El deber de la CMF es regular y no puede avalar una conducta que finalmente va en directo beneficio de las compañías aseguradoras, interpretando de manera errónea un precepto constitucional.

Dejó en claro que el texto de nuestra constitución es el siguiente: El retiro que efectúen los pensionados o sus beneficiarios que opten por solicitarlo, se imputará al monto mensual de sus rentas vitalicias futuras, a prorrata, en forma proporcional y en igual porcentaje que aquel que represente el monto efectivamente retirado.

Por cuanto se desprende del inciso citado que el monto retirado se imputará a rentas vitalicias futuras, por consiguiente, se habilita a las aseguradoras a descontar de la renta correspondiente un determinado monto, sin establecer un límite debido a que el plazo dependerá del monto y porcentaje solicitado.

Luego, la norma señala que ese monto descontado de la renta mensual debe cumplir con los siguientes tres requisitos copulativos: 1) ser a prorrata; 2) en forma proporcional; y 3) en igual porcentaje que aquel que represente el monto efectivamente retirado.

La norma establece el monto del descuento relacionándolo con el porcentaje de adelanto solicitado. Así, se obliga a las personas que solicitaron el pago por adelantado a “devolverlo” en cuotas que deben ser iguales al porcentaje de retiro: si se retiró un 10% de la reserva técnica se debe descontar un 10% de la renta vitalicia mensual.

Y de esa manera se concluye el mecanismo de “devolución”.

Para Bianchi, el regulador, en este caso la CMF, no puede arbitrariamente entender que cumplidos estos requisitos el descuento mensual se deberá seguir aplicando por siempre e indefinidamente sobre la renta originalmente pactada. Ello generaría una ganancia no prevista para la compañía aseguradora. ¿Qué criterio de “proporcionalidad” o “prorrateo” se cumple obligando a un recién jubilado a pagar el 10% de su renta mensual por toda su vida a la compañía aseguradora? Ninguno.

Concluyó el parlamentario señalando que junto a la Diputada Alejandra Sepúlveda citarán a la CMF este martes al Congreso a explicar y dar cuenta de este instructivo, así mismo se reserva las acciones legales a favor de los pensionados de rentas vitalicias que a vista y paciencia del ministerio de Hacienda están siendo perjudicados arbitrariamente.

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