Puerto Natales: realizan demanda civil por usurpaci贸n y uso fraudulento de nombre, profesion y firma 馃槺馃槺馃槺
Interponen demanda聽 en contra de una particular y la Municipalidad de Natales como contraparte solidaria, representada en la alcaldesa Ana Mayorga, en un caso que involucra uso fraudulento de nombre, profesi贸n y firma.
Si bien no se hab铆an aquietado las aguas carnavalescas y de festejo del 115 Aniversario de la ciudad y un nuevo esc谩ndalo se destapa en Natales y tiene como actor estelar聽 a la DOM de Puerto Natales. Ya sab铆amos que el 2024 Ana Stumpfoll hab铆a sido condenada por el delito de malversaci贸n de caudales p煤blicos y聽 con antelaci贸n -a帽o 2022- destituida del cargo Sin embargo, entre el per铆odo del a帽o 2015 al 2020, se tramitaron en esa unidad municipal un n煤mero considerable de permisos de edificaci贸n, recepci贸n definitivas de obras, planos y regularizaciones, etc., todo esto bajo la atenta diligencia de una licenciada en arquitectura, pero no habilitada con el t铆tulo profesional -seg煤n se manifiesta en la demanda– la cual usurp贸 el nombre y firma de un familiar, quien s铆 estaba habilitado como arquitecto, pero que resid铆a fuera de la regi贸n.
En el punto 3 y 4 de la demanda se se帽ala 芦3- Don Jorge Brevis Lestrade, jam谩s autoriz贸 a la demandada principal representarlo legalmente, no confiri贸 mandato o poder alguno, para que aquella de manera independiente pudiera suscribir proyectos de 铆ndole arquitect贸nico. Es as铆 que entre los a帽os 2013 a 2019 firm贸 el demandante alrededor de 6 proyectos, cuales correspond铆an a planos, formularios de ingreso, especificaciones t茅cnicas y formulario INE (Formulario 煤nico de estad铆sticas de edificaci贸n), con la finalidad que la demandada principal, tomara la firma de los propietarios y pudiera llevar esos documentos a la Direcci贸n de Obras Municipales. Por estos proyectos, la demandada Brevis Antunez le pag贸 alrededor de $6.000.000.- 4- Luego del a帽o 2019, mi mandante afirma no volvi贸 a suscribir ninguna otra documentaci贸n para con do帽a Carla Brevis, ni a concretar ning煤n otro negocio con la reci茅n nombrada.禄
M谩s adelante, en el punto 7 de la demanda, se manifiesta: 芦En abril de 2023, don Jorge Brevis Lestrade se establece en esta ciudad,聽 espec铆ficamente en calle Miraflores… , y concurre a la Direcci贸n de Obras Municipales de la ciudad de Puerto Natales, con la finalidad de pedir las carpetas que聽 hab铆an sido gestionadas por Carla Brevis Antunez, lugar donde al poder inspeccionar varias carpetas se pudo percatar que exist铆an formularios, especificaciones t茅cnicas, declaraciones profesionales, con su nombre y una firma que no era la de mi 茅l. Mas grave a煤n, fue descubrir que en dichos formularios no exist铆a ni su correo electr贸nico o su n煤mero de tel茅fono para poder ser contactado por parte de la Municipalidad, todas menciones est谩ndar que en los hechos son solicitadas por parte de los funcionarios de Direcci贸n de Obras Municipales (DOM). Mas importante a煤n, sin estos datos de mi mandante, 茅l, jam谩s podr铆a haber tenido conocimiento de los proyectos que supuestamente estaba firmando o patrocinando禄.
La demanda prosigue se帽alando lo siguiente:聽 芦Aquello sin duda, facilitado por una actitud omisiva y culpable de la Direcci贸n de Obras Municipales de la ciudad de Puerto Natales, dependiente de su Ilte. Municipalidad, pues en ning煤n momento, y pese a que existen procedimientos en tal sentido, chequearon, o corroboraron que en realidad estas decenas de proyectos urban铆sticos eran firmados por quien en realidad aparec铆a otorg谩ndolos, es decir jam谩s se corrobor贸 o hizo el intento de corroborar la autenticidad de la firma puesta en cada uno de estos proyectos, formularios, planos y dem谩s documentos reglamentarios. Es m谩s, huelga decir que si hubieran tratado de contactarlo aquello hubiera sido imposible, dado que el mail no estaba informado en los formularios, y el n煤mero de tel茅fono era distinto, pero dado que cada uno de estos proyectos fue a la postre, autorizado por la DOM, se entiende que jam谩s precisaron contactarlo禄.
Con estos y otros antecedentes investigativos, 芦la Fiscal铆a Local de Puerto Natales, decidi贸 formalizar a do帽a Carla Brevis Antunez en la causa Rit O-164-2025 de este mismo Tribunal, por el delito de FINGIMIENTO DE PROFESI脫N, il铆cito previsto y sancionado en el art铆culo 213 del C贸digo Penal, FALSIFICACI脫N DE INSTRUMENTO PRIVADO, il铆cito previsto y sancionado en el art铆culo 197 del C贸digo Penal en relaci贸n al art铆culo 193 N掳 1 del mismo cuerpo legal, y ESTAFAS, il铆cito previsto y sancionado en el art铆culo 467 N掳 2, en relaci贸n al art铆culo 468, ambos del C贸digo Penal禄.
Contin煤a manifestando el escrito: 芦Mi representado a trav茅s de otra asesor铆a jur铆dica se querella en esta misma causa, para finalmente en audiencia de fecha 21 de julio de 2025, se acepta un acuerdo reparatorio禄..
Prosigue el texto de la demanda: 芦Desde luego que mi parte, en aquella oportunidad no renunci贸 a la acci贸n civil que emanare de estos mismos hechos, y sabido es que el acuerdo reparatorio no genera el efecto de cosa Juzgada en materia Civil. No obstante lo anterior, hasta la fecha de esta presentaci贸n, do帽a Carla Brevis Antunez ha cumplido con su parte de este acuerdo禄.
Responsabilidad civil extracontractual de la demandada principal.
芦Los hechos narrados constituyen fuente de responsabilidad extracontractual, al reunirse en la especie todos los requisitos contemplados en los art铆culos 2314 y siguientes聽 del C贸digo Civil para que S.S. condene a la demandada por si sola, al pago de los perjuicios patrimoniales y morales que sus actos ilegales han ocasionado. Realizada la justificacion,聽 se plantea que: POR TANTO, en m茅rito de ello, y lo dispuesto en los art铆culos 254 y siguientes del C贸digo de Procedimiento Civil y art铆culos 2314 y siguientes de C贸digo Civil, ley 18.575 de Bases generales de la Administraci贸n del Estado, ley general de Urbanismo y construcciones y demas que resulten pertinentes禄.
芦ii) Tal como se ha manifestado, la Municipalidad de Puerto Natales inform贸 -v铆a transparencia- a mi representado que la demandada sin embargo desarroll贸 60 proyectos inmobiliarios, misma cantidad de carpetas que fuera incautada por la PDI. Seg煤n la propia investigaci贸n llevada a cabo por el referido ente policial, la demandada cobraba alrededor de $700.000 solo por la facci贸n de planos arquitect贸nicos y presentaciones a la Direcci贸n de Obras Municipales. Existe en consecuencia un delta de 54 proyectos, no rendidos y no pagados a mi mandante.
iii) Si bien es cierto ser谩 materia de peritaje que mi parte oportunamente solicitar谩, para que informe sobre el precio usual o corriente de este tipo de servicios, el honorario profesional esperado de un arquitecto para este tipo de proyectos no deber铆a ser inferior a $1.000.000. Considerando que gracias al uso del nombre, profesi贸n, y colocaci贸n de su firma, de manera no consentida, se realizaron proyectos y obtuvieron recepciones definitivas en al menos 54 inmuebles, seg煤n lo inform贸 via transparencia la propia Municipalidad demandada, la ganancia dejada de percibir por don Jorge Brevis Lestrade, asciende a un promedio de $54.000.000. Suma que mi parte solicita como da帽o patrimonial en su vertiente de lucro cesante禄.
A S.S. RESPETUOSAMENTE PIDO: Tener por deducida demanda civil de indemnizaci贸n de perjuicios en contra de do帽a CARLA BREVIS ANTUNEZ, y solidariamente en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO NATALES, representada legalmente por su alcaldesa, do帽a Ana Ester Mayorga Bahamonde, ambos ya individualizados, acogerla a tramitaci贸n, y en definitiva resolver concretamente:
1. Que uno o ambos demandados son responsables del da帽o patrimonial y moral que se ha causado al actor Jorge Brevis Lestrade, derivado del hecho de usar su nombre, patente comercial, profesi贸n de arquitecto y usar y/o聽 falsificar su firma en el patrocinio de 54 proyectos arquitect贸nicos, obteniendo permisos de construcci贸n, recepciones definitivas, subdivisiones y fusiones prediales para ante la Direcci贸n de Obras Municipales de Puerto Natales, sin su conocimiento y consentimiento. Que respecto de la Municipalidad Demandada, en subsidio le cabe responsabilidad por el hecho de sus dependientes o en su defecto por falta de servicios, atendido que su falta de cumplimiento legal y reglamentario propici贸 los hechos imputados y perpetrados por la demandada Carla Brevis Antunez.
2. Que, en consecuencia, se condena a ambos demandados solidariamente, o, en subsidio, a cualquiera de ellos, al pago de la suma de $54.000.000 (cicnuenta y cuatro millones de pesos) por concepto de da帽o patrimonial, en su arista de lucro cesante, y a la suma de $20.000.000 por concepto de da帽o moral. (veinte millones de pesos) o la suma menor que S.S. estime conforme a derecho y al m茅rito de autos, m谩s intereses y reajustes como en derecho proceda.
3. Que se condena a uno o ambos demandados al pago de las costas de la causa禄.
El abogado Juan Bahamonde P茅rez por parte del arquitecto Jorge Brevis, est谩 solicitando聽 una compensaci贸n econ贸mica聽 considerable por el da帽o patrimonial y reputacional causado al mencionado profesional.
Cabe agregar,聽 que la defensa de Carla Brevis la tom贸 la abogada Lorena Carrasco, quien respondi贸 desestimando todos los puntos de las acusaciones y cargos contra su clienta, quedando todav铆a la demanda en etapa de discusi贸n.
Este caso nos retrotrae a algo muy peculiar que hace a帽os viene sucediendo en Natales y es lo relativo al ejercicio ilegal de algunas profesiones, es decir, sin contar con el t铆tulo profesional pertinente. Tal es la situaci贸n que lleva afectando a la Municipalidad de Natales, por ejemplo, si recordamos al falso ingeniero comercial en la segunda alcald铆a de Paredes y, luego, m谩s recientemente en la Corporaci贸n de Cultura, donde se contrata a聽 un seudo profesional el cual tuvo que ser desvinculado tras una investigaci贸n de Contralor铆a Regional de Magallanes, situaci贸n por la que el diario digital El Tirapiedras solicit贸 toda la informaci贸n relativa al caso, esto v铆a Transparencia activa.
